Contenido objeto de medidas

ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN 6 NOV. 2024
Medimos la cantidad de piezas de contenido (como publicaciones, fotos, vídeos o comentarios) o de cuentas contra las que tomamos medidas por infringir nuestras normas. Esta métrica muestra el alcance de nuestras actividades relacionadas con el cumplimiento. Las medidas abarcan desde suprimir determinado contenido de Facebook o Instagram y cubrir con una advertencia fotos o vídeos que pueden resultar perturbadores para algunas audiencias hasta inhabilitar cuentas. Si remitimos contenido a las autoridades policiales, no lo volvemos a incluir en nuestros cálculos.
Podría resultar tentador percibir la métrica de contenido contra el que tomamos medidas como un indicador de la eficacia con la que detectamos infracciones o del impacto que estas tienen en nuestra comunidad. No obstante, el volumen de contenido contra el que tomamos medidas es solo una cara de la moneda. No refleja el tiempo que se tarda en detectar una infracción ni cuántas veces la han visto los usuarios mientras ha estado presente en Facebook o Instagram.
Esta métrica puede aumentar o disminuir debido a factores externos que escapan a nuestro control. Supongamos que se produce un ciberataque en el que spammers comparten 10 millones de publicaciones con la misma URL maliciosa. Una vez detectada la URL, suprimimos los 10 millones de publicaciones. Esta métrica registraría 10 millones de piezas de contenido contra las que se han tomado medidas, lo que representa un aumento considerable. Si bien la cifra no refleja necesariamente nuestra mejora con respecto a las medidas tomadas en relación con el spam, sí refleja que una mayor cantidad de spammers decidieron atacar a Facebook ese mes con metodologías poco sofisticadas que se detectaron fácilmente. Tampoco indica qué cantidad de dicho spam afectó realmente a los usuarios: las personas pueden haberlo visto unas pocas veces, o bien en cientos o miles de ocasiones. Esta información se obtiene en la prevalencia. Tras el ciberataque, el contenido contra el que se han tomado medidas puede disminuir de forma radical, incluso si nuestro sistema de detección mejora en un futuro.
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El contenido puede tratarse de una publicación, un vídeo, una foto o un comentario, entre otros.
Cómo contabilizamos el contenido y las medidas
El modo de contabilización puede ser complejo y ha ido evolucionando con el tiempo. En julio de 2018 actualizamos nuestra metodología para aclarar contra cuántas piezas de contenido independientes se han tomados medidas por infringir nuestras políticas. Vamos a seguir desarrollando y mejorando nuestra metodología en el marco de nuestro compromiso por proporcionar métricas lo más precisas y significativas posible. En general, buscamos representar con precisión el número total de piezas de contenido contra las que se han tomado medidas por infringir nuestras políticas.
Hay algunas diferencias entre la forma de contabilizar el contenido de Facebook y el de Instagram.
En Facebook, una publicación sin vídeo ni foto o con un solo vídeo o foto cuenta como una sola pieza de contenido. Por lo tanto, si se suprimieran las publicaciones siguientes, se contarían como una sola pieza de contenido contra la que se han tomado medidas: una publicación con una foto que infringe las normas, una publicación con texto que infringe las normas y una publicación con texto y foto (en la que uno o ambos elementos infringen las políticas).
Cuando una publicación de Facebook incluye varios vídeos o fotos, contamos cada uno de ellos como una pieza de contenido. Por ejemplo, si suprimiéramos dos fotos que infringen las normas de una publicación de Facebook con cuatro fotos, contaríamos dos piezas de contenido contra las que se han tomado medidas (una por cada foto suprimida). Si se suprimiera toda la publicación, también la contaríamos. Por lo tanto, si suprimiéramos una publicación de Facebook con cuatro fotos, contaríamos cinco piezas de contenido contra las que se han tomado medidas (una por cada foto y una por la publicación). Si suprimimos solo algunos de los vídeos y fotos de una publicación, solo contamos esas piezas de contenido.
En Instagram, si una publicación incluye contenido que infringe las normas, la suprimimos por completo y la contamos como una pieza de contenido contra la que se han tomado medidas, independientemente de la cantidad de fotos o vídeos que incluya.
En ocasiones, una pieza de contenido puede infringir varias normas. A la hora de medir, atribuimos la acción solo a una infracción principal, que suele ser la infracción de la norma más estricta. En otros casos, pedimos al revisor que tome una decisión sobre cuál es el motivo principal de la infracción.
Cómo clasificamos las infracciones
Cada vez que tomamos medidas contra una pieza de contenido concreta, la clasificamos según la política que haya infringido. Cuando los revisores consultan las denuncias, primero determinan si el material infringe o no nuestras políticas. En caso afirmativo, le asignan un tipo de infracción para clasificarlo.
Antes no era necesario que los revisores clasificaran las infracciones al tomar decisiones. En su lugar, nos basábamos en la información que proporcionaban los usuarios al enviar las denuncias. En 2017 actualizamos nuestro proceso de revisión para registrar información más detallada sobre el motivo por el que los revisores suprimían cierto contenido, ya que eso nos permitiría establecer métricas más precisas. También optimizamos nuestra tecnología de detección para que clasifique las infracciones a medida que se identifican, marcan o suprimen a partir de las mismas etiquetas que utilizan los revisores al tomar sus decisiones.
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Para contabilizar el contenido contra el que se han tomado medidas debido a la infracción de una norma concreta, debemos clasificar la infracción cada vez que actuamos.
Cuentas de Facebook contra las que se han tomado medidas por ser falsas
En el caso de las cuentas falsas, registramos las "cuentas contra las que se han tomado medidas" en lugar del "contenido contra el que se han tomado medidas". La métrica Cuentas contra las que se han tomado medidas representa el número de cuentas que inhabilitamos por ser falsas.
Advertencias
Ni las cuentas ni el contenido contra los que se han tomado medidas incluyen el contenido o las cuentas que impedimos que se creen, como lo hacemos en los casos en los que detectamos spammers que intentan publicar con mucha frecuencia o la creación de una cuenta falsa. Si los contabilizáramos, las cifras de cuentas falsas inhabilitadas y contenido de spam suprimido aumentarían muchísimo (probablemente, a millones por día).
Cuando aplicamos políticas en URL, suprimimos todo el contenido actual o futuro que contenga esos enlaces. Medimos la cantidad de contenido contra el que se han tomado medidas en función de si un usuario intenta mostrarlo en Facebook.
Cómo medimos las acciones que aplicamos en cuentas, páginas, grupos y eventos
En las cuentas, las páginas, los grupos o los eventos de Facebook de un usuario puede haber grandes volúmenes de contenido. Uno de estos objetos, en conjunto, puede infringir nuestras políticas según el contenido o los comportamientos que muestre. Generalmente, podemos determinar si una cuenta, una página, un grupo o un evento infringe las normas sin necesidad de revisar todo su contenido. Si inhabilitamos dichos objetos, se cancela automáticamente el acceso a todo el contenido que incluyen.
En las métricas incluidas en el Informe de aplicación de las Normas comunitarias solo contabilizamos el contenido de las cuentas, las páginas, los grupos o los eventos contra los que se han tomado medidas explícitas tras haberse revisado y determinado que infringen las normas. Sin embargo, no contabilizamos el contenido que se suprime automáticamente si inhabilitamos el objeto donde se encontraba.
Excepto en el caso de las cuentas falsas en Facebook, actualmente el informe no incluye ninguna métrica relacionada con las cuentas por ninguna infracción. Tampoco incluye métricas de páginas, grupos o eventos que hayamos sancionado por alguna infracción, solo del contenido que incluyen.
Consulta el Informe de aplicación de las Normas comunitarias más reciente