Los anuncios no deben discriminar personas ni fomentar su discriminación en función de sus atributos personales, como raza, etnia, color, nacionalidad, religión, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, situación familiar, discapacidad o condición médica o genética.
Meta prohíbe que los anunciantes usen nuestros productos publicitarios para discriminar personas. Esto significa que los anunciantes no pueden (1) usar nuestras herramientas de selección de público para (a) dirigirse de forma indebida a grupos específicos de personas con fines publicitarios (consultar la política de publicidad sobre la segmentación) o (b) impedir de forma indebida que grupos específicos de personas vean sus anuncios; ni (2) incluir contenido discriminatorio en sus anuncios. Los anunciantes también deben cumplir las leyes aplicables que prohíben la discriminación (consultar la política de publicidad sobre los productos o servicios ilegales), incluidas las leyes que prohíben la discriminación de grupos de personas, por ejemplo, en relación con ofertas de vivienda, empleo, productos y servicios financieros.
Información adicional y recursos sobre las leyes de no discriminación de los Estados Unidos:
- ESTADOS UNIDOS Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU.
- ESTADOS UNIDOS Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo
- Oficina de Protección Financiera del Consumidor
- Unión Estadounidense por las Libertades Civiles
- Conferencias de Liderazgo sobre Derechos Civiles y Humanos
- Departamento de Justicia - División de Derechos Civiles
- Alianza Nacional de Vivienda Justa